miércoles, 29 de abril de 2015

¿Un ejemplo del fraude de los emails sobre loterías extranjeras?

Recibí hace un mes un correo electrónico en el que me informaban que había ganado un premio de la UK National Lottery. Me resultó más que sospechoso y, por ello, procedí a buscar información sobre las principales características que presentan los correos electrónicos que resultan fraudulentos. Así encontré un artículo en Viruslist en el que se describen unas simples reglas reveladoras, las cuales he aplicado a este email concluyendo, tal y como presuponía, que la comunicación que recibí escondía un engaño.


Debemos de partir de que no he participado en ningún sorteo. Difícil es ser ganador de un premio de lotería sino he tomado parte en el mismo.

Existen errores ortográficos (Notoficación del premio) en los cuales una empresa como la británica UK National Lottery se supone que no debe incurrir al disponer de personal que cuide por que sus comunicaciones estén escritas correctamente.

El correo presenta elementos de discrepancia. Mientras el premio supuestamente ganado ha sido concedido por la británica UK National Lottery, el email es remitido desde una dirección de correo de Brasil (.br). Si se busca el dominio desde el que se ha remitido el email, el navegador desvía hacia una web .com en la que se ven unas letras en alfabeto oriental, algo más que sospechoso.


El email no se envía desde un email corporativo de la entidad que concede el supuesto premio (UK National Lottery).

Existe un error de traducción (se adjunta a la notificación de premio) en el que el personal de una empresa como UK National Lottery se supone que no debe incurrir.

Por último, para convencer de que no se trata de un email fraudulento, el correo remitido recalca que el archivo adjunto es un archivo pdf seguro.

El correo electrónico que recibí no deja de ser uno de los miles de emails que se remiten intentando engañar al destinatario. En este sentido debe destacarse la labor que está desarrollando tanto la Policía Nacional (a través de su propia página web) como la Guardia Civil (a través de su cuenta de Twitter) advirtiendo del peligro de estos fraudes.

viernes, 24 de abril de 2015

¿Pueden entrar en mi finca para sancionarme sin mi permiso?

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León de 5 de febrero de 2015 conoció del recurso interpuesto por una sociedad sancionada por la Confederación Hidrográfica del Duero por el alumbramiento no autorizado de aguas subterráneas.


Entre los diferentes motivos en los que se basaba el recurso interpuesto por la empresa sancionada, se encontraba la alegación de la recurrente de que ha de anularse el acto impugnado por haber sido obtenidas de forma ilícita las pruebas referentes al aprovechamiento no autorizado de aguas subterráneas, por haber entrado el Agente Medioambiental que formuló la denuncia en la finca sin autorización.

Esta alegación realizada por la sancionada, al igual que el resto de motivos por ella argumentados, fue desestimada por el Tribunal Superior. La recurrente alegó como motivo de impugnación que el Agente Medioambiental infringió el art. 18.2 de la Constitución (El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito), por cuanto formuló la denuncia entrando en las instalaciones de la recurrente sin el consentimiento de la sancionada ni autorización judicial, lo que supondría una vulneración del derecho a la inviolabilidad del domicilio recogido en ese precepto constitucional.


La sentencia descarta que tal actuación supusiera una actuación irregular dado que la finca de la recurrente… no tiene el carácter de "domicilio" al que se refiere el art. 18.2 de la Constitución, como resulta de lo señalado por el Tribunal Supremo en la sentencia de 12 de julio de 2012 y por el Tribunal Constitucional en las sentencias que en ella se citanel domicilio de la mercantil recurrente está en la Avenida Betanzos nº 64, 1º C, de Madrid, según consta en el poder general para pleitos obrante en autos. La citada Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2012 refería que son aquellas oficinas en las que se ubica la sede de una persona jurídica, a las que procede atribuir la protección del reconocido derecho a la intimidad, de ahí que, en el supuesto que resuelve la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 5 de febrero de 2015, se entendiera que el Agente Medioambiental no cometió irregularidad alguna dado que la finca donde entró no representaba la sede o domicilio social de la sancionada.

Publicado en el número 982 de marzo de 2015 de la Revista Agricultura de Editorial Agrícola (http://www.editorialagricola.com), en su página 170.

viernes, 17 de abril de 2015

La forma de legislar en medioambiente: Jornadas sobre Responsabilidad por Daños Medioambientales del ICAMUR (3ª pte)

Con este post finalizamos una serie de comentarios en los que hemos destacado las aportaciones que consideramos más importantes sobre el medioambiente y el Derecho Penal realizadas en las “Segundas Jornadas sobre Responsabilidad por Daños Medioambientales” que organizó el Ilustre Colegio de Abogados de Murcia en colaboración con la Facultad de Derecho de la Universidad de esta ciudad, la Confederación Hidrográfica del Segura, el Ayuntamiento de Murcia y otras instituciones los días 12 y 13 del pasado mes de marzo.

Hoy exponemos las ideas que estimamos más interesantes sobre la forma en que se legisla y se aplican las normas en medioambiente:

Las normas sobre medioambiente no son inseguras, sino de complejo estudio y aplicación dado que la regulación legal del medioambiente es una materia transversal en la que confluyen varias ramas ramas del Derecho (Administrativo, Penal, etc.).


El que se dicte un mayor número de normas en el materia medioambiental no se traduce en una mayor protección al medioambiente; esta mayor protección si puede ser obtenida a través de una mayor dotación de medios económicos y de un incremento en la concienciación social la cual se obtiene educando al ciudadano y no promulgando leyes.

Debe por comenzarse por definir una política medioambiental para luego legislar considerando esas directrices de política medioambiental acordadas, siendo conveniente que se adopten con el mayor consenso posible tanto la política medioambiental como sus normas.

Desde que se aprueba una norma en materia medioambiental debe dejarse un tiempo mínimo para que ésta pueda ser aplicada y así comprobar su efectividad, para lo cual resulta necesario que se dé información suficiente a todos los agentes sobre cómo aplicar la norma. Debe evitarse la práctica más o menos habitual de modificar una norma sin dejar el tiempo mínimo para analizar cómo ha resultado su aplicación

sábado, 11 de abril de 2015

La justicia según el autor de "Los Viajes de Gulliver"

Al leer "Los Viajes de Gulliver", novela de Jonathan Swift publicada en 1726, puede encontrarse una descripción del sistema judicial que realiza el Señor Swift.

En uno de los viajes del protagonista del libro, Lemuel Gulliver, éste relata una experiencia que vivió con el que era su amo:

Siguiendo con el tema, mi amo me aseguró- lo que he comprobado personalmente- que, en los campos donde estas piedras brillantes abundan, tenían lugar los más encarnizados y frecuentes combates, ocasionados por las incesantes incursiones de los yahoos del vecindario (criaturas parecidas a los seres humanos que aparecen en "Los Viajes de Gulliver")

Era normal, dijo él, que si dos yahoos descubrían una de estas piedras en un campo y disputaban por su posesión, un tercer yahoo viniera y se la arrebatase. Según mi amo, veía en esto cierto parecido con nuestros procesos legales. 

En la respuesta a este comentario realizado por el amo del protagonista del libro es donde se realiza una crítica al sistema judicial precisamente por su falta de justicia:

Por respeto a nuestra reputación me guardé mucho de negárselo. Lo solución que él aducía era mucho más justo que muchas de nuestras sentencias. El defensor y el acusador yahoos solo perdían una piedra, mientras que nuestros tribunales de justicia nunca cerraban la causa hasta que las partes habían sido despojadas de todo

viernes, 3 de abril de 2015

El informe pericial en procesos sobre medio ambiente: Jornadas sobre Responsabilidad por Daños Medioambientales del ICAMUR (2ª pte)

La pasada semana publicamos un primer comentario en el que destacamos las ideas que nos resultaron más interesantes en torno al medio ambiente y el Derecho Penal manifestadas en las “Segundas Jornadas sobre Responsabilidad por Daños Medioambientales” organizadas por el Ilustre Colegio de Abogados de Murcia en colaboración con la Facultad de Derecho de la Universidad de esta ciudad, la Confederación Hidrográfica del Segura, el Ayuntamiento de Murcia y otras instituciones que tuvieron lugar los días 12 y 13 del pasado mes de marzo.

Hoy vamos a exponer las reflexiones que nos parecieron más relevantes en torno al papel que juega el perito y el informe pericial en los procedimientos sobre medio ambiente:

Existe un gran desconocimiento sobre qué es el perito medioambiental y qué labor desarrolla. A día de hoy todavía existen juzgados que no saben cómo actuar cuando deben escoger un perito que colabore en un procedimiento en materia de medio ambiente.


No existe un perfil único de profesional (geólogo, biólogo, etc.) que pueda ejercer como perito medioambiental: un profesional podrá actuar como perito en un determinado procedimiento si tiene conocimientos sobre la materia a informar, conocimientos que se pueden adquirir habiendo cursado distintos estudios.

Un buen perito medioambiental no solo debe realizar un informe técnicamente correcto sino que debe hacerlo entendible a los demás, especialmente al juez. El informe pericial (el cual no debe entrar en análisis jurídicos), en la mayoría de ocasiones, debe ser ratificado en juicio por lo que resultará fundamental el papel que juegue el perito en el acto del juicio debiendo responder de forma clara y concisa a las preguntas que se le puedan formular.

En la contaminación acústica, en muchos casos, es muy difícil probar que un determinado ruido supera los niveles legales exigidos. Resulta muy complicado determinar la sonoridad de ruidos puntuales no continuados como ruidos vecinales o de animales (por ejemplo, el que provocan los perros); estos ruidos, en la mayoría de casos, acaban siendo simplemente objeto de una sanción administrativa de caracter leve.