lunes, 23 de enero de 2017

La ausencia de intencionalidad en sanciones de Dº de Aguas

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia de fecha 7 de julio de 2016 ha confirmado la sanción impuesta por la Confederación Hidrográfica del Segura al Ayuntamiento de Lorca (Murcia) por verter aguas sin depurar a una rambla sin la preceptiva autorización.

Esta conducta se considera constitutiva de la infracción leve tipificada en el art. 116. 3 g) del Texto Refundido de la Ley de Aguas (El incumplimiento de las prohibiciones establecidas en la presente Ley o la omisión de los actos a que obliga) en relación con el art. 315 b) del Reglamento de Dominio Público Hidráulico (El incumplimiento de las condiciones impuestas en las concesiones y autorizaciones administrativas a que se refiere el Texto Refundido de la Ley de Aguas, en los supuestos en que no dieran lugar a caducidad o revocación de las mismas).

En el recurso interpuesto ante el Tribunal Superior de Justica, entre otros argumentos, el Ayuntamiento alegó su ausencia de responsabilidad por falta de culpabilidad o intencionalidad en su conducta: Falta del elemento esencial de la infracción como es el "elemento subjetivo del injusto", preciso para poder estimar cometida la infracción.

El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la sanción impuesta por la Confederación; en cuanto a la alegación sobre la falta de culpabilidad, ésta fue desestimada dado que para sancionar a un sujeto en el ámbito administrativo no es necesario que éste actúe intencionadamente:  de acuerdo con el art. 130 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común  podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de los mismos aun a título de simple inobservancia.

En este sentido la sentencia declara rotundamente que el Ayuntamiento no ha demostrado diligencia alguna en la realización de los hechos sancionados al haber realizado el vertido no obstante conocer tanto que carecía de autorización de la CHS para llevarlo a cabo, como que el mismo, al ser de aguas residuales de una población sin depurar, era contaminante.

Publicado en el número 1001 de diciembre de 2016 de la Revista Agricultura de Editorial Agrícola (http://www.editorialagricola.com), en su página 1099.

miércoles, 11 de enero de 2017

Resumen del año jurídico 2016 en la CCAA de Murcia

Habiendo finalizado el año 2016, resulta hora de hacer balance de los acontecimientos más relevante ocurridos en tal año en la Región de Murcia:

El año 2016 comenzaba con la decisión del Tribunal Constitucional adoptada en el mes de enero que desestimaba el recurso presentado por el Gobierno de la CCAA de Murcia contra el Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, que regulaba un nuevo sistema retributivo para las energías renovables; el Constitucional consideró acorde a Derecho el recorte a aplicar a las primas de las energías renovables.

En marzo, la empresa murciana de seguridad Magasegur, con más de 400 empleados, solicitaba el concurso de acreedores.

Este mismo mes, el Tribunal Supremo ordenaba la eliminación de los arruís en la Región de Murcia al estimar el recurso presentado contra el Real Decreto de
Especies Exóticas Invasoras, que permitía mantener un número limitado de estos animales en la CCAA de Murcia.

Palacio de Justicia de Murcia
Fuente:www.lacronicadelpajarito.es

En el mes de mayo el Tribunal de Justicia de Murcia obligaba a Aeromur, empresa concesionaria del Aeropuerto de Corvera, a la devolución de los 182 millones de euros relativos al aval que la CCAA de Murcia ofreció en el año 2010 para terminar las obras del citado aeropuerto ante la negativa a financiar de las entidades crediticias; dicho aval había sido ejecutado previamente por dichas entidades crediticias ante los impagos de Aeromur.

A mediados de junio se conocía la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que confirmaba la decisión previamente adoptada por el Tribunal Superior de Murcia que decretaba la nulidad de la Revisión del Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena.

A finales de septiembre se dictaba sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia anulando el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Murcia de 24 de noviembre de 2005 por el que se aprobó de forma definitiva el proyecto de Plan Parcial del sector ZA-Ed3, en Espinardo, el cual afecta a 'Joven Futura', urbanización con más de 1.300 viviendas destinadas a jóvenes.

A principios del mes de noviembre, se conocía la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, la cual, adecuándose al veredicto del jurado, condenaba a 34 años de prisión a dos de los acusados por el asesinato de Ingrid Visser (jugadora holandesa de voleibol) y de su pareja, en uno de los casos que más expectación mediática ha levantado en los últimos tiempos en la Región de Murcia.

En el mes de diciembre el Tribunal Supremo confirmaba el archivo provisional de la causa penal abierta contra Pilar Barreiro, ex alcaldesa de Cartagena, por el caso ‘Novo Carthago’ de corrupción urbanística.

Este mismo mes, el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Murcia procedía a declarar la nulidad de la cláusula suelo de un préstamo hipotecario concertado por un banco obligando a dicha entidad financiara a devolver al cliente el total de las cantidades cobradas en virtud de tal cláusula suelo, sin limitar su eficacia retroactiva, suponiendo esta actuación una de las primeras veces en las que se aplica en la Región de Murcia la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que reconoce la retroactividad total en estos casos.

Éstos son algunos de los asuntos jurídico-judiciales (no todos) que han tenido más relevancia en la CCAA de Murcia durante el año 2016, el cual ha venido marcado asimismo por la incorporación en nuestra Comunidad a Lexnet, sistema de notificaciones telemáticas usado en la Administración de Justicia, incorporación que está planteando grandes problemas a abogados y procuradores, tal y como puso de manifiesto la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia en enero de 2016, cuando solicitó la suspensión del sistema Lexnet para abogados mientras no se solucionaran las problemas existentes por aquel entonces en dicho sistema.

Publicado en Murciaeconomia.com el 9 de enero de 2017.