Una Sentencia de la Audiencia Provincial
de Murcia ha condenado a una mujer al pago de 900 euros por haber dañado con
sus tacones el parquet de una casa.
Resulta que esta mujer en el
recorrido que realizó durante su visita a la casa de la demandante para comprobar
las reformas efectuadas, debido a que el tacón de uno de sus zapatos carecía de
la correspondiente tapa protectora sobresaliendo por dos puntas metálicas, dejó
con cada pisada de su tacón defectuoso unas marcas (dos círculos pequeños
separados 2 milímetros)
en la tarima del suelo recién colocada.
Se le condena a dicha mujer por
culpa extracontractual en base al artículo 1902 del Código Civil que dice que “El
que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia,
está obligado a reparar el daño causado”. En este caso, se considera por el
juez que, con respecto a la dueña de los zapatos defectuosos, “ha quedado
acreditada su falta de diligencia al entrar en casa del actor llevando uno de
los tacones sin la correspondiente tapa protectora”.
Moraleja: Comprobad vuestros tacones antes de salir de casa.
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