Define la
RAE la palabra automedicarse así: "Tomar un medicamento,
o seguir un tratamiento, sin prescripción médica". Pone como ejemplo dicho
diccionario de cómo utilizar dicha palabra la siguiente frase: "Hágase un
favor y no se automedique". Tomando como ejemplo esta frase, la aplicaré al
Derecho: "Hágase un favor y no se autodefienda en juicio".
Existen determinados procedimientos judiciales en
los que no se necesita abogado; así por ejemplo, en el ámbito civil, el
artículo 31 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil establece la posibilidad de que se desarrolle un juicio
verbal cuya cuantía no exceda de 2.000 euros sin la intervención del letrado;
así, con carácter general, cuando alguien quiera reclamar o le reclamen un
asunto con una cuantía menor o igual a los 2.000 euros, podrá actuar por sí
mismo, si bien no resulta aconsejable.
Si alguien se plantea presentar una demanda
reclamando menos de 2.000 euros, sin abogado, se le va a exigir que presente la
demanda de una determinada forma, sino, no se admitirá; en dicha demanda se
deberán incluir los documentos en los que base su solicitud, no pudiendo
aportarlos después, considerándose no probado lo que se quería alegar
con dichos documentos que no se han aportado; puede ser que una parte decida acudir con abogado a este
juicio y otra sin letrado: ¿hay igualdad de armas?
Por estadística parece además que no es aconsejable la
autodefensa del ciudadano de a pie. "Un 70% de quienes han prescindido de
abogado y procurador en un juicio, no repetirían la autodefensa" según dice la web http://www.provefin.com/enlaces/Defenderse%20sin%20abogado.htm.
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